Tipos de contratos: - Contratos Indefinidos - Ordinario: escrito o verbal - Apoyo a Emprendedores: fomentar iniciativa empresarial; por escrito; < 50 trabajadores; prueba 1 año; sin despidos improcedentes 6 meses antes. - Fijo Discontinuo: carácter fijo pero discontinuo; combinan trabajo y tiempo de inactividad - Contratos de Duración Determinada: encadenado inferior a 24/30 meses - Contrato por obra o servicio determinado - Contrato eventual por circunstancias de la producción: cubre incrementos en tareas; máximo 6 meses en período de 12 - Contrato de interinidad Cuando el trabajador renuncia su trabajo en circunstancias normales, la indemnización será 20 días por año trabajado con un máximo de 9 mensualidades. Cuando el trabajador renuncia su trabajo por incumplimiento del empresario (e.g. retraso de pago) la indemnización será 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades.