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Tipos de contratos:
- Contratos Indefinidos
- Ordinario: escrito o verbal
- Apoyo a Emprendedores: fomentar iniciativa empresarial; por escrito; < 50
trabajadores; prueba 1 año; sin despidos improcedentes 6 meses antes.
- Fijo Discontinuo: carácter fijo pero discontinuo; combinan trabajo y tiempo
de inactividad
- Contratos de Duración Determinada: encadenado inferior a 24/30 meses
- Contrato por obra o servicio determinado
- Contrato eventual por circunstancias de la producción: cubre incrementos en
tareas; máximo 6 meses en período de 12
- Contrato de interinidad
Cuando el trabajador renuncia su trabajo en circunstancias normales, la
indemnización será 20 días por año trabajado con un máximo de 9 mensualidades.
Cuando el trabajador renuncia su trabajo por incumplimiento del empresario
(e.g. retraso de pago) la indemnización será 33 días por año trabajado con un
máximo de 24 mensualidades.